dissabte, 11 d’agost del 2018

MEXICO: Oxchuc y su proceso de autogobierno municipal


2 de julio, 2018.- En la víspera de la celebración del II Encuentro Nacional por la Libre Determinación de los Pueblos Indígenas de México (28/VII/2018), en Oxchuc, Chiapas, se hicieron diversos preparativos para invocar  la armonía y la concordia. La noche del viernes 27 de julio, en la iglesia principal, durante varias horas los ancianos oraron e imploraron por la paz. Con el silencio de la noche y en medio del copal, sahumerio y velas, los Mayores invocaron a sus dioses para recibir a sus visitantes. Sus buenos deseos y bendiciones propiciaron que el Encuentro Indígena se desarrollara en paz y en armonía comunitaria.

Fiel a la costumbre del pueblo, por la mañana del sábado 28 de julio, recibió a sus visitantes con tambor, arpa y cohetes. Un gran acontecimiento fue la llegada de Jesús Ramírez (vocero del electo Presidente de la República), María Luisa Albores (futura Titular de SEDESOL) y Adelfo Regino (próximo Titular del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas). La comitiva del gabinete social de la Presidencia de la República llegó acompañada de representantes indígenas de Guerrero, Michoacán, Puebla, Oaxaca, Estado de México e Hidalgo.



La intervención de Adelfo Regino colocó en el centro del debate los temas de mayor preocupación para el municipio de Oxchuc. Para explicar la autonomía y la libre determinación de los pueblos indígenas, citó textualmente el artículo 3 de la Declaración de las Naciones Unidas de los Derechos de los Pueblos Indígenas.

“Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural”.

Las comunidades, pueblos y municipios indígenas, pueden ejercer este derecho establecido en el marco del derecho internacional y los derechos consagrados en el artículo 2° de la Carta Magna. Temas como el autogobierno, la autonomía y libre determinación, están contemplados en nuestra Constitución Política. En este contexto, fueron ilustrativas las experiencias de los municipios indígenas de Cherán (Michoacán) y Ayutla de los Libres (Guerrero), quienes en la práctica ejercen los derechos en referencia.






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