dimecres, 30 de maig del 2018

El rechazo a la eutanasia está basado en criterios religiosos y mercantiles


La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU, 2000) ponía en evidencia que 3 de cada 4 españolas y españoles estaban de acuerdo con la eutanasia

Recientemente se aprobó la admisión a trámite de una Proposición de Ley de reforma de la Ley Orgánica 10/1995, del Código Penal, del Parlamento de Cataluña con el fin de despenalizar la eutanasia. Este hecho ocurre después del rechazo de anteriores propuestas presentadas (Izquierda Unida y Unidos Podemos - En Común Podem - En Marea, Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana) y coincide con el debate actual de una ley de dignidad al final de la vida de Ciudadanos y la presentación de otra proposición más amplia del PSOE que sí reconoce la ayuda a morir, los casos susceptibles y el procedimiento regulatorio, pendiente de calificación, y similar a las que fueron rechazadas anteriormente.




Una muerte es adecuada o buena cuando está asistida por profesionales que evitan el dolor, controlan el miedo y la ansiedad del paciente en la medida de lo posible y aseguran los cuidados necesarios, ocurre en su domicilio (o en hospital si así se desea) en compañía de sus familiares y amigos, rápida y sin prolongar la agonía para no ser una carga para sus cuidadores (demanda de muchos de ellos). Será digna si la persona explicita como quiere que sea el proceso de morir y cuando y su decisión es respetada. Es necesaria una nueva Ley que solucione legalmente el supuesto en el que una persona con una enfermedad irreversible y sin tratamiento pueda solicitar que se le administre una medicación que ponga fin a su vida de manera anticipada, porque no hay derecho a vivir a cualquier precio, sin condiciones dignas y con sufrimiento y dolor irreversibles e intolerables.

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