22 de julio, 2018.- Los ojos del país están sobre la Asamblea Ciudadana por la Defensa del Agua y los Páramos de Cuenca. Es la hora histórica de cosechar los enormes esfuerzos desplegados por las diversas comunidades que -por años- defienden la vida y resisten a las presiones de los intereses mineros transnacionales, aupados sobre todo por los recientes gobiernos. Sin duda una lucha desigual, pero donde la esperanza nunca decae.
El 1 de junio de 2018, el juez Paul Serrano, atendiendo los pedidos de acción de protección y medidas cautelares de las comunidades locales, dispuso suspender las actividades mineras en Río Blanco, uno de los cinco proyectos “estratégicos” para el Estado. La razón es simple: este proyecto se impuso sin el debido proceso al no contar con la consulta previa libre e informada a las comunidades ni con su consentimiento expreso. Una situación común en la mayoría de los proyectos mineros del país
Esta sentencia sienta un precedente jurídico histórico al defender los derechos humanos, territoriales y de la Naturaleza en el país, pues reconoce que el Estado no garantizó el derecho a la consulta previa, libre e informada de comunidades indígenas en una región que resiste a la minería por más de 20 años. Tal decisión acertada del Juez Serrano permite creer en un sistema judicial independiente a los intereses de las empresas extractivas. Sin embargo, el 23 de julio de 2018 se dará la audiencia de apelación a la sentencia, ante lo cual exigimos que en dicha audiencia la sentencia sea ratificada.
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Esta sentencia sienta un precedente jurídico histórico al defender los derechos humanos, territoriales y de la Naturaleza en el país, pues reconoce que el Estado no garantizó el derecho a la consulta previa, libre e informada de comunidades indígenas en una región que resiste a la minería por más de 20 años. Tal decisión acertada del Juez Serrano permite creer en un sistema judicial independiente a los intereses de las empresas extractivas. Sin embargo, el 23 de julio de 2018 se dará la audiencia de apelación a la sentencia, ante lo cual exigimos que en dicha audiencia la sentencia sea ratificada.
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