dimarts, 19 de maig del 2020

ARGENTINA: La CIDH resolvió una cautelar a favor de Lof Buenuleo


De esta manera el Estado argentino tiene 20 días para informar sobre las medidas concretas que adopte para proteger los derechos a la vida e integridad personal de todos sus miembros. La resolución de la CIDH insta a que las medidas necesarias sean consensuadas con la comunidad como lo determina el Artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional. Matías Schraer, apoderado de Lof Buenuleo asegura que el cumplimiento puede marcar precedente para la comunidad y la situación de todas las comunidades mapuche que habitan en Puelmapu*.

El jueves 14 de mayo la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) respondió favorablemente a la solicitud de una medida cautelar en favor de los miembros de la comunidad mapuche Lof Buenuleo de Furilofche (Bariloche). Según el artículo 25 del reglamento de la Comisión, las medidas cautelares se otorgan “en situaciones que son graves y urgentes, y en las cuales tales medidas son necesarias para prevenir un daño irreparable a las personas o al objeto de una petición”.




De esta manera, Felipe Carlos Solá, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de Argentina recibió en su despacho la notificación enviada por Paulo Abrão, Secretario Ejecutivo de la CIDH, quien “aprovechó la oportunidad para expresar a la Misión Permanente de Argentina el testimonio de su más alta y distinguida consideración”.

La solicitud había sido elevada a la CIDH el 25 de octubre de 2019, cuando hacía poco más de un mes que la comunidad iniciaba la recuperación territorial de 90has del Cerro Ventana de Bariloche. En ese lapso sus miembros habían sufrido agresiones físicas y amenazas de parte del privado Emilio Fridriech y un grupo de personas que responden a él. Mientras se acentuaba la violencia que también se dirigía a los niños, niñas y adolescentes que integran la comunidad, a su vez avanzó una causa en su contra por usurpación acompañada por la Fiscalía de Bariloche a cargo de Lozada.

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