No sorprende que América Latina (y los EE.UU.) sea el nuevo centro mundial de coronavirus. Se esperaba que los gobiernos advirtieran los límites de las visiones exclusivamente empresariales, y enfocaran la atención en los trabajadores para garantizar sus empleos, preservar sus derechos y evitar el derrumbe de sus condiciones de vida. Pero eso no ocurrió ni en Ecuador ni en la mayoría de países.
En varios artículos he destacado que la Constitución Mexicana de 1917 inauguró los derechos laborales, que en años posteriores se reprodujeron en otros países latinoamericanos. Fueron un avance frente a los derechos individuales (civiles y políticos) alcanzados por los liberales y radicales durante el siglo XIX, e implicaron la atención del Estado a la cuestión social, un asunto típico del desarrollo del capitalismo en el mundo.
Uno de los principios rectores de esa legislación social fue el pro-operario (pro-laboro), de acuerdo con el cual las leyes tienen que garantizar, ante todo, los derechos de los trabajadores. Los ministerios del trabajo fueron establecidos para eso, y los gobiernos deben proteger a la clase trabajadora, porque los propietarios del capital siempre tienen un sólido poder, tanto por concentrar los medios de producción, como por depender de ellos la contratación de seres humanos que, sin las garantías laborales, estarían sujetos a las condiciones impuestas por los empresarios o patronos e incluso a su arbitrariedad. Al menos ésta es la teoría, que todo jurista supuestamente conoce bien.

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